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sábado, 15 de noviembre de 2014

RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO REGIONAL:

De acuerdo con Vargas (2005), se consideran recursos de los Gobiernos Regionales los señalados en la Ley de Bases de la Descentralización:

  1. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad
  2. Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento, que se establezcan en la Ley Anual de Presupuesto.
  3. Los tributos creados por Ley a su favor
  4. Los derechos económicos que generen por las privatizaciones y concesiones que otorguen, y aquellos que perciban del gobierno nacional por el mismo concepto
  5. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional
  6. Los recursos asignados por concepto de canon
  7. El producto de sus operaciones financieras y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Las operaciones de crédito externo requieren el aval o garantía del Estado, y se sujetan a la ley de endeudamiento público
  8. Sus ingresos propios y otros que determine la ley

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