Los gobiernos regionales deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecución del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento:
a. Queda prohibido el reajuste o incremento de remuneraciones, así como la aprobación de las escalas remunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones y beneficios de toda índole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, fuente de financiamiento;
b. Queda prohibido, sin excepción, el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento;
c. Sólo pueden celebrarse contratos de servicios no personales y/o locación de servicios con personas naturales en casos puntuales;
d. Está prohibido realizar gastos en horas extras;
e. Queda prohibido todo tipo de gasto orientado a celebraciones o agasajos con fondos públicos;
f. Por los servicios de telefonía móvil, beeper y comunicación por radio celular (función de radio troncalizado digital, sólo se podrá asumir un gasto total igual a S/. 150.00
g. Queda prohibida la adquisición de cualquier tipo de mobiliario de oficina;
h. Queda prohibida la adquisición de nuevos bienes y equipos a través de operaciones de arrendamiento financiero;
i. Queda prohibida la adquisición de vehículos automotores;
j. Quedan prohibidos los viajes al exterior de funcionarios y servidores del Estado, con cargo a fondos públicos
La observancia de las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad es responsabilidad del Presidente del Gobierno Regional, del Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces, así como del Jefe de la Oficina de Administración.
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viernes, 17 de abril de 2015
jueves, 16 de abril de 2015
DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD
Los gobiernos regionales están obligados a actuar conforme a las siguientes medidas de racionalidad del gasto público:
a. Ejecutar una revisión de sus procesos y procedimientos operativos que procuren la mayor congruencia de sus acciones con las funciones que les corresponda legalmente;
b. Adoptar medidas de ahorro efectivo racionalizando el consumo de los servicios de energía, agua y teléfono; y gastos correspondientes al consumo de combustible y materiales de oficina;
c. Reemplazar semestralmente, a través de las Oficinas de Auditoría Interna, los resultados de las subvenciones otorgadas a personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público, con el objeto de comprobar si el beneficiado de la subvención viene realizando las actividades que fundamentan su otorgamiento;
a. Ejecutar una revisión de sus procesos y procedimientos operativos que procuren la mayor congruencia de sus acciones con las funciones que les corresponda legalmente;
b. Adoptar medidas de ahorro efectivo racionalizando el consumo de los servicios de energía, agua y teléfono; y gastos correspondientes al consumo de combustible y materiales de oficina;
c. Reemplazar semestralmente, a través de las Oficinas de Auditoría Interna, los resultados de las subvenciones otorgadas a personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público, con el objeto de comprobar si el beneficiado de la subvención viene realizando las actividades que fundamentan su otorgamiento;
miércoles, 15 de abril de 2015
DISCIPLINA PRESUPUESTARIA:
Los gobiernos regionales deben ejecutar su presupuesto de acuerdo a las normas de disciplina presupuestaria siguientes:
a. Los montos aprobados por la Ley de Presupuesto y sus modificaciones constituyen los créditos presupuestarios máximos para la ejecución de las prestaciones de servicios público y las acciones desarrolladas de estas entidades;
b. Efectuar revisiones integrales respecto de las planillas de remuneraciones y pensiones a fin de deputar y evitar pagos a personas y pensionistas inexistentes;
c. Los pagos al personal activo y cesante deben realizarse de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente;
d. El ingreso a la administración pública, cualquiera sea el régimen laboral, se efectúa necesariamente por concurso público de méri6tos y siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada;
e. Toda acción de personal que se realice de conformidad con la normatividad vigente debe contar obligatoriamente y sin excepción con el financiamiento en el Grupo Genérico de Gastos respectivo.
f. A nivel de Pliegos, el –Grupo Genérico de Gasto 1. "Personal y Obligaciones Sociales" no es objeto de Habilitaciones con cargo a Anulaciones Presupuestarias de otros Grupos Genéricos de Gasto;
g. No pueden ser objeto de anulaciones presupuestarias, los créditos presupuestarios asignados a las prestaciones del Seguro Integral de Salud,
h. Los saldos no comprometidos del calendario de compromisos que se originen en los Pliegos por la elaboración de planillas y pago de remuneraciones no deben ser utilizados en otros compromisos del gobierno regional
a. Los montos aprobados por la Ley de Presupuesto y sus modificaciones constituyen los créditos presupuestarios máximos para la ejecución de las prestaciones de servicios público y las acciones desarrolladas de estas entidades;
b. Efectuar revisiones integrales respecto de las planillas de remuneraciones y pensiones a fin de deputar y evitar pagos a personas y pensionistas inexistentes;
c. Los pagos al personal activo y cesante deben realizarse de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente;
d. El ingreso a la administración pública, cualquiera sea el régimen laboral, se efectúa necesariamente por concurso público de méri6tos y siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada;
e. Toda acción de personal que se realice de conformidad con la normatividad vigente debe contar obligatoriamente y sin excepción con el financiamiento en el Grupo Genérico de Gastos respectivo.
f. A nivel de Pliegos, el –Grupo Genérico de Gasto 1. "Personal y Obligaciones Sociales" no es objeto de Habilitaciones con cargo a Anulaciones Presupuestarias de otros Grupos Genéricos de Gasto;
g. No pueden ser objeto de anulaciones presupuestarias, los créditos presupuestarios asignados a las prestaciones del Seguro Integral de Salud,
h. Los saldos no comprometidos del calendario de compromisos que se originen en los Pliegos por la elaboración de planillas y pago de remuneraciones no deben ser utilizados en otros compromisos del gobierno regional
martes, 14 de abril de 2015
DISCIPLINA, RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD
La Ley No. 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, establece disposiciones sobre disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad, que deben ser cumplidas estrictamente.
lunes, 13 de abril de 2015
PRUDENCIA Y TRANSPARENCIA FISCAL
Mediante Ley 27245 y su modificatoria Ley No. 27958, se establecen los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, con prudencia y transparencia fiscal, así como también crear el Fondo de Estabilización Fiscal, con el fin de contribuir a la estabilidad económica, condición esencial para alcanzar el crecimiento económico sostenible y el bienestar social.
El estado peruano debe asegurar el equilibrio o superávit en el mediano plazo, acumulando superávit fiscales en los períodos favorables y permitiendo únicamente déficit fiscales moderados y no recurrentes en períodos de menor crecimiento.
Las leyes anuales de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los créditos suplementarios, y la ejecución presupuestal, se sujetarán a un conjunto de reglas al respecto.
El estado peruano debe asegurar el equilibrio o superávit en el mediano plazo, acumulando superávit fiscales en los períodos favorables y permitiendo únicamente déficit fiscales moderados y no recurrentes en períodos de menor crecimiento.
Las leyes anuales de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los créditos suplementarios, y la ejecución presupuestal, se sujetarán a un conjunto de reglas al respecto.
domingo, 12 de abril de 2015
LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN: FILOSOFÍA DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
La lucha contra la corrupción es en esencia el establecimiento de normas y lineamientos para prevenir, detectar y actuar contra los actos de corrupción en las entidades públicas y privadas, en nuestro caso, los gobiernos regionales.
sábado, 11 de abril de 2015
LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN: ACTOS ILEGALES
Actos ilegales son violaciones de leyes o reglamentos gubernamentales atribuibles solamente a la entidad. Dichos actos pueden haber sido realizados por la gerencia o por los empleados pero actuando a nombre de la entidad, no incluyen bajo esta definición la conducta inadecuada del personal de la entidad. La SAS 54 trata de los actos ilegales cometidos por los clientes del auditor.
viernes, 10 de abril de 2015
LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN: IRREGULARIDADES:
El término irregularidad es utilizado como sinónimo de fraude gerencial, desfalco, malversación, etc; es decir, todas aquellas acciones que la gerencia o sus funcionarios realizan en forma intencional o fraudulenta en las operaciones, transacciones y/o decisiones gerenciales y administrativas que el auditor podría identificar o descubrir como parte del examen para incluirlas en las conclusiones y recomendaciones del informe de auditoría.
La característica de la irregularidad es la condición de intencional o fraudulenta que podría ser cometida por los empleados, funcionarios, o incluso por la propia gerencia o Junta Directiva de la empresa / entidad/ Gobierno.
En el entorno de la auditoría integral, el término irregularidad, según el SAS 53 el auditor asume responsabilidad para detectar e informar sobre errores e irregularidades.
La característica de la irregularidad es la condición de intencional o fraudulenta que podría ser cometida por los empleados, funcionarios, o incluso por la propia gerencia o Junta Directiva de la empresa / entidad/ Gobierno.
En el entorno de la auditoría integral, el término irregularidad, según el SAS 53 el auditor asume responsabilidad para detectar e informar sobre errores e irregularidades.
jueves, 9 de abril de 2015
LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN: ERRORES
En el contexto de la auditoría integral, el término error se utiliza para describir aquellas acciones o declaraciones incorrectas u omisiones no intencionales que podría efectuar la empresa, entidad o el cliente del auditor en la información financiera, administrativa o de otro tipo que examina o las transacciones, registro u otros documentos examinados, los cuales podrían incluir cifras, omisiones o revelaciones no adecuadas a las circunstancias.
miércoles, 8 de abril de 2015
LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN.
El fraude y la corrupción no son temas recientes, son temas de siempre. Son temas vigentes. La lucha contra estos flagelos es pedida clamorosamente por toda comunidad consciente y honesta.
El fraude y la corrupción son enemigos del desarrollo.
Modernamente la auditoría integral no fundamenta la eficiencia de su trabajo en el descubrimiento de fraudes o actos de corrupción que pueden estarse dando en las entidades auditadas. Es suficiente que el trabajo de auditoría sea desarrollado con base en las normas de auditoría aceptadas por la comunidad de auditores, a nivel internacional, para que goce de confiabilidad por parte de quienes hacen uso de la información auditada. Sin embargo, es justamente la auditoría integral, aquella que en rigor tiende a descubrir la mayoría de fraudes o actos de corrupción de los entes auditados, aún no siendo exclusivamente ese su objetivo.
El auditor en el desempeño de su profesión tiene conocimiento de diversos tipos de operaciones o transacciones, así como terminología de diferente acepción que se deben definir con el propósito de precisar la actitud que debería asumir cuando detecte actos de corrupción. En tal sentido, el auditor puede determinar errores, fraudes, actos ilegales, malversación y en general, otros actos que podrían relacionarse directamente como corrupción.
El fraude y la corrupción son enemigos del desarrollo.
Modernamente la auditoría integral no fundamenta la eficiencia de su trabajo en el descubrimiento de fraudes o actos de corrupción que pueden estarse dando en las entidades auditadas. Es suficiente que el trabajo de auditoría sea desarrollado con base en las normas de auditoría aceptadas por la comunidad de auditores, a nivel internacional, para que goce de confiabilidad por parte de quienes hacen uso de la información auditada. Sin embargo, es justamente la auditoría integral, aquella que en rigor tiende a descubrir la mayoría de fraudes o actos de corrupción de los entes auditados, aún no siendo exclusivamente ese su objetivo.
El auditor en el desempeño de su profesión tiene conocimiento de diversos tipos de operaciones o transacciones, así como terminología de diferente acepción que se deben definir con el propósito de precisar la actitud que debería asumir cuando detecte actos de corrupción. En tal sentido, el auditor puede determinar errores, fraudes, actos ilegales, malversación y en general, otros actos que podrían relacionarse directamente como corrupción.
martes, 7 de abril de 2015
VALOR AGREGADO DE LA AUDITORÍA INTEGRAL (II)
La importancia y el impacto de la auditoría integral en los gobiernos regionales hace recaer una gran responsabilidad en los recursos humanos que son necesarios para realizarla, por lo que se requiere de un eficiente manejo del personal disponible para la ejecución y conducción de los esfuerzos. Por esta razón, un criterio básico consiste en orientar los recursos y capacidades disponibles de la Contraloría General de la República hacia entidades, programas o actividades en que puedan lograrse mejoras importantes, con el objeto de promover una mayor efectividad, eficiencia y economía en el uso de los recursos del Estado.
La oportunidad de promover mejoras en las entidades públicas y el convencimiento de los funcionarios, respecto a la importancia de su aplicación, resulta ser más relevante que la formulación de críticas y la adopción de correctivos por obligación del marco legal vigente.
La auditoría integral tiende a establecer y mantener un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable en todos los ámbitos del gobierno regional
Asimismo, la auditoría integral, a diferencia de la auditoría tradicional, viene aportando el monitoreo permanente y/o puntual si fuera el caso en coordinación con los responsables de las entidades. También constituye valor agregado el aporte que hace la auditoría integral mediante la asesoría y consultoría, lo cual ayuda a solucionar la problemática de las entidades.
La oportunidad de promover mejoras en las entidades públicas y el convencimiento de los funcionarios, respecto a la importancia de su aplicación, resulta ser más relevante que la formulación de críticas y la adopción de correctivos por obligación del marco legal vigente.
La auditoría integral tiende a establecer y mantener un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable en todos los ámbitos del gobierno regional
Asimismo, la auditoría integral, a diferencia de la auditoría tradicional, viene aportando el monitoreo permanente y/o puntual si fuera el caso en coordinación con los responsables de las entidades. También constituye valor agregado el aporte que hace la auditoría integral mediante la asesoría y consultoría, lo cual ayuda a solucionar la problemática de las entidades.
lunes, 6 de abril de 2015
VALOR AGREGADO DE LA AUDITORÍA INTEGRAL (I)
En el siguiente esquema comparativo se puede apreciar el aporte que realiza
la auditoría integral a la gestión óptima de los gobiernos regionales:
Elementos
|
Auditoría
de Estados Financieros
|
Auditoría
Integral
|
Propósito
|
Emitir opinión sobre la razonabilidad de las cifras de
los Estados financieros tomados en conjunto.
|
Evaluar y comprobar el logro de operaciones
económicas, eficientes y efectivas en una empresa, examinando sus controles
internos de apoyo y las bases de datos. Además probar el sistema de medición
de la Gerencia.
|
Finalidad
|
Dar seguridad a los usuarios externos sobre la objetividad
de la información financiera.
|
Ayudar a la más alta autoridad del gobierno regional a
mejorar las operaciones y actividades en termino de eficiencia en el uso de
los recursos y el logro de objetivos operativos mediante la proposición de
alternativas de solución.
|
Alcance
|
Actividades financieras y económicas, así como la
función de control en el área financiera.
|
La organización total del gobierno regional, o solo
algunas de sus reparticiones y operaciones enfocando su evaluación al sistema
de control gerencial, comprende la entidad incluido en el entorno que lo
rodea.
|
Elementos
|
Auditoría de Estados Financieros
|
Auditoría Integral del gobierno regional.
|
Enfoque
|
Persigue la correcta determinación del Balance General
y Estado de Resultados.
|
Persigue la obtención de eficiencia, economía y
eficacia de los recursos materiales y humanos que posee el gobierno regional
|
Aporte en solución de problemas
|
No es responsable de proponer soluciones
|
Si es responsable de buscar alternativas de solución a
los problemas.
|
Procedimientos
|
Planeación anticipada de las pruebas a realizar de
acuerdo a la actividad económica del gobierno regional que permita obtener
una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros.
|
Planeación estratégica del trabajo que permita una labor
integral, oportuna y permanente de las operaciones del gobierno regional
auditado.
|
Labor de seguimiento a problemas
|
No existe responsabilidad.
|
Es responsable de dar seguimiento a cada problema
surgido.
|
Informe a emitir
|
Dictamen sobre la razonabilidad de los Estados
financieros de acuerdo a Normas y procedimientos de Auditoría Generalmente
Aceptados.
|
Informe con opinión de los resultados del gobierno
regional auditado tendiente a formular recomendaciones para lograr los
objetivos propuestos.
|
Objeto de examen
|
Estados Financieros, registros contables y documentos
anexos.
|
Actividades, operaciones, pro-gramas o todo el gobierno
regional en sí, además de elementos indicadores y normas de rendimiento
medibles.
|
domingo, 5 de abril de 2015
MONITOREO REALIZADO POR LA AUDITORÍA INTEGRAL: EVALUACIONES PUNTUALES
Aunque los procedimientos de supervisión continuada suelen proporcionar información importante sobre la eficacia de otros componentes de control, de vez en cuando un replanteamiento del sistema resultará útil. Con ocasión de dicho replanteamiento, se puede examinar la continuidad de la eficacia de los procedimientos de supervisión continuada.
El alcance y la frecuencia de las evaluaciones puntuales se determinarán principalmente en función de una evaluación de riesgos y de la eficacia de los procedimientos de supervisión continuada.
Las deficiencias en el sistema de control interno, en su caso, deberán ser puestas en conocimiento de la gerencia y los asuntos de importancia serán comunicados al primer nivel directivo.
El sistema de control interno y, en ocasiones, la forma en que los controles se aplican, evolucionan con el tiempo, por lo que procedimientos que eran eficaces en un momento dado, pueden perder su eficacia o dejar de aplicarse. Asimismo, las circunstancias en base a las cuales se configuró el sistema de control interno en un principio también pueden cambiar, reduciendo su capacidad de advertir de los riesgos originados por las nuevas circunstancias. En consecuencia, la dirección tendrá que determinar si el sistema de control interno es en todo momento adecuado y su capacidad de asimilar los nuevos riesgos.
El proceso de supervisión realizado por la auditoría integral o por cualquier otro ente, asegura que el control interno continua funcionando adecuadamente. Este proceso comprende la evaluación, por parte de los empleados de nivel adecuado, de la manera en que se han diseñado los controles, de su funcionamiento, y de la manera en que se adoptan las medidas necesarias. Se aplicará a todas las actividades dentro de la entidad y a veces también a externos contratados.
La auditoría integral, debe buscar que los sistemas de control interno aseguren, en mayor o menor medida, su propia supervisión. En este sentido, cuanto mayor sea el nivel y la eficacia de la supervisión continuada, menor será la necesidad de evaluaciones puntuales.
El alcance y la frecuencia de las evaluaciones puntuales se determinarán principalmente en función de una evaluación de riesgos y de la eficacia de los procedimientos de supervisión continuada.
Las deficiencias en el sistema de control interno, en su caso, deberán ser puestas en conocimiento de la gerencia y los asuntos de importancia serán comunicados al primer nivel directivo.
El sistema de control interno y, en ocasiones, la forma en que los controles se aplican, evolucionan con el tiempo, por lo que procedimientos que eran eficaces en un momento dado, pueden perder su eficacia o dejar de aplicarse. Asimismo, las circunstancias en base a las cuales se configuró el sistema de control interno en un principio también pueden cambiar, reduciendo su capacidad de advertir de los riesgos originados por las nuevas circunstancias. En consecuencia, la dirección tendrá que determinar si el sistema de control interno es en todo momento adecuado y su capacidad de asimilar los nuevos riesgos.
El proceso de supervisión realizado por la auditoría integral o por cualquier otro ente, asegura que el control interno continua funcionando adecuadamente. Este proceso comprende la evaluación, por parte de los empleados de nivel adecuado, de la manera en que se han diseñado los controles, de su funcionamiento, y de la manera en que se adoptan las medidas necesarias. Se aplicará a todas las actividades dentro de la entidad y a veces también a externos contratados.
La auditoría integral, debe buscar que los sistemas de control interno aseguren, en mayor o menor medida, su propia supervisión. En este sentido, cuanto mayor sea el nivel y la eficacia de la supervisión continuada, menor será la necesidad de evaluaciones puntuales.
sábado, 4 de abril de 2015
MONITOREO REALIZADO POR LA AUDITORÍA INTEGRAL: ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN CONTINUADA
La supervisión continuada se inscribe en el marco de las actividades corrientes y comprende unos controles regulares efectuados por la dirección, así como determinadas tareas que realiza el personal en el cumplimiento de sus funciones.
Existe una gran variedad de actividades que permiten efectuar un seguimiento de la eficacia de control interno en el desarrollo normal de los gobiernos regionales. Comprenden actividades corrientes de gestión y supervisión, comparaciones, conciliaciones y otras tareas rutinarias.
Los diferentes directivos comprueban que el sistema de control interno continua funcionando a través del cumplimiento de sus funciones de gestión. Al incluir o conciliar los distintos informes de explotación con los informes financieros, empleando los mismos continuamente en la gestión de la explotación es probable que se identifiquen de manera rápida los errores importantes o las excepciones en los resultados previstos. Se puede conseguir una mejora en la eficacia del sistema de control interno presentando información financiera completa y oportuna y resolviendo toda excepción identificada.
Las comunicaciones recibidas de terceros confirman la información generada internamente o señalan la existencia de problemas. En este sentido, la comunidad corrobora los datos de facturación implícitamente al pagar sus facturas. Por el contrario, las reclamaciones respecto de la facturación podrían indicar la existencia de deficiencias en los controles sobre el proceso de las transacciones.
La estructura adecuada y unas actividades de supervisión apropiadas permiten comprobar las funciones de control e identificar las deficiencias existentes. En ese sentido, como rutina normal se supervisarán las tareas administrativas que actúan de control sobre exactitud y totalidad del proceso de las transacciones. Asimismo, se establecerá una segregación de funciones de manera que se ejerza una verificación recíproca, lo que servirá además de disuasión al fraude, ya que dificulta el disimular las actividades sospechosas.
Los datos registrados por los sistemas de información se comparan con los activos físicos. Las existencias de producto terminado pueden ser recontadas periódicamente. Los resultados de estos recuentos se comparan con los registros contables y se comunican las diferencias detectadas.
viernes, 3 de abril de 2015
INFORMES ESPECÍFICOS PARA LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES
Según las Normas de Auditoría Gubernamental, los informes que emiten deben tener en cuenta determinadas consideraciones técnicas. La elaboración de un informe, sin la responsabilidad y diligencia profesional debida, podría ocasionar un perjuicio en la imagen del Sistema Nacional de control que debemos preservar. Las características del informe de auditoría son: significación, utilidad y oportunidad, exactitud y beneficios de la información sustentatoria, calidad convincente, concisión, claridad y simplicidad, tono constructivo, organización de los contenidos del informe y positivismo. La responsabilidad de la redacción del informe de auditoría es del auditor encargado aunque también comparten esta responsabilidad, los miembros del equipo de auditoría que intervienen en el borrador del informe hasta llegar a la consideración de la autoridad de la Contraloría General de la República para su aprobación.
Los informes por escrito constituyen la forma establecida por el Sistema Nacional de Control y su órgano rector, la Contraloría General de la República, para comunicar los resultados de la auditoría practicada a los funcionarios responsables de la entidad examinada; esto permite: i) Poner en conocimiento de los funcionarios gubernamentales los resultados de cada examen; ii) Reducir el riesgo que los resultados puedan ser interpretados erróneamente; y, ii) Facilitar las acciones de seguimiento orientadas a establecer si la entidad ha adoptado las acciones correctivas pertinentes.
Conforme a lo prescrito en la NAGU 4.10, los auditores deben comunicar por escrito los resultados del examen realizado a los funcionarios responsables de la entidad. Una vez culminada la fase de ejecución, el nivel gerencial correspondiente de la Contraloría General de la República o el titular del Organo de Control Institucional, según los casos, remitirán el borrador del informe para requerir comentarios o aclaraciones del gobierno regional, con miras a incluirlos, previa evaluación, en el informe correspondiente. El borrador de Informe no debe estar firmado por los auditores responsables del trabajo. El envío del borrador de informe al gobierno regional, se sujetará a las normas respectivas.
Los informes por escrito constituyen la forma establecida por el Sistema Nacional de Control y su órgano rector, la Contraloría General de la República, para comunicar los resultados de la auditoría practicada a los funcionarios responsables de la entidad examinada; esto permite: i) Poner en conocimiento de los funcionarios gubernamentales los resultados de cada examen; ii) Reducir el riesgo que los resultados puedan ser interpretados erróneamente; y, ii) Facilitar las acciones de seguimiento orientadas a establecer si la entidad ha adoptado las acciones correctivas pertinentes.
Conforme a lo prescrito en la NAGU 4.10, los auditores deben comunicar por escrito los resultados del examen realizado a los funcionarios responsables de la entidad. Una vez culminada la fase de ejecución, el nivel gerencial correspondiente de la Contraloría General de la República o el titular del Organo de Control Institucional, según los casos, remitirán el borrador del informe para requerir comentarios o aclaraciones del gobierno regional, con miras a incluirlos, previa evaluación, en el informe correspondiente. El borrador de Informe no debe estar firmado por los auditores responsables del trabajo. El envío del borrador de informe al gobierno regional, se sujetará a las normas respectivas.
jueves, 2 de abril de 2015
EL INFORME DE AUDITORÍA INTEGRAL: Sobre los procesos operacionales.
• Si cada operación, actividad y proceso que se realiza al interior del gobierno regional, tiene establecido un procedimiento secuencial acorde con los objetivos trazados.
e. Sobre el cumplimiento de la regulación y legislación por parte del gobierno regional, con énfasis en los aspectos relacionados con el Estado, con la comunidad y con los trabajadores.
f. Sobre el entorno que rodea al gobierno regional, sus amenazas y riesgos. En especial si el gobierno regional se encuentra estructurado para afrontar el avance de la competitividad institucional, aprovechar las oportunidades de negocios, neutralizar los riesgos y adaptarse a las condiciones cambiantes del mercado.
g. Sobre los demás hallazgos obtenidos que deban revelarse, así como la forma en que se llevaron a cabo las funciones desarrolladas por la Auditoría Integral.
Igualmente la Auditoría Integral producirá informes parciales o intermedios, los cuales deben tratar los temas de mayor importancia a juicio del auditor, así como su opinión en relación con los estados financieros de cortes intermedios. Informes eventuales oportunos, sobre los errores, irregularidades o actos desviados o improcedentes que no obstante haber sido puestos en conocimiento de los administradores no hubiesen sido corregidos en un tiempo prudencial. Así mismo, informes sobre la inobservancia de sus recomendaciones por parte de la administración.
e. Sobre el cumplimiento de la regulación y legislación por parte del gobierno regional, con énfasis en los aspectos relacionados con el Estado, con la comunidad y con los trabajadores.
f. Sobre el entorno que rodea al gobierno regional, sus amenazas y riesgos. En especial si el gobierno regional se encuentra estructurado para afrontar el avance de la competitividad institucional, aprovechar las oportunidades de negocios, neutralizar los riesgos y adaptarse a las condiciones cambiantes del mercado.
g. Sobre los demás hallazgos obtenidos que deban revelarse, así como la forma en que se llevaron a cabo las funciones desarrolladas por la Auditoría Integral.
Igualmente la Auditoría Integral producirá informes parciales o intermedios, los cuales deben tratar los temas de mayor importancia a juicio del auditor, así como su opinión en relación con los estados financieros de cortes intermedios. Informes eventuales oportunos, sobre los errores, irregularidades o actos desviados o improcedentes que no obstante haber sido puestos en conocimiento de los administradores no hubiesen sido corregidos en un tiempo prudencial. Así mismo, informes sobre la inobservancia de sus recomendaciones por parte de la administración.
miércoles, 1 de abril de 2015
EL INFORME DE AUDITORÍA INTEGRAL: Sobre el control organizacional.
Si el control interno existe y si este es adecuado en los términos y características de la organización del ente económico objeto de Auditoría Integral. Asímismo, un análisis sobre su efectividad y sobre sus fortalezas y deficiencias.
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