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viernes, 17 de abril de 2015

DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD:

Los gobiernos regionales deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecución del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento:
a. Queda prohibido el reajuste o incremento de remuneraciones, así como la aprobación de las escalas remunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones y beneficios de toda índole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, fuente de financiamiento;
b. Queda prohibido, sin excepción, el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento;
c. Sólo pueden celebrarse contratos de servicios no personales y/o locación de servicios con personas naturales en casos puntuales;
d. Está prohibido realizar gastos en horas extras;
e. Queda prohibido todo tipo de gasto orientado a celebraciones o agasajos con fondos públicos;
f. Por los servicios de telefonía móvil, beeper y comunicación por radio celular (función de radio troncalizado digital, sólo se podrá asumir un gasto total igual a S/. 150.00
g. Queda prohibida la adquisición de cualquier tipo de mobiliario de oficina;
h. Queda prohibida la adquisición de nuevos bienes y equipos a través de operaciones de arrendamiento financiero;
i. Queda prohibida la adquisición de vehículos automotores;
j. Quedan prohibidos los viajes al exterior de funcionarios y servidores del Estado, con cargo a fondos públicos
La observancia de las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad es responsabilidad del Presidente del Gobierno Regional, del Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces, así como del Jefe de la Oficina de Administración.

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