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lunes, 18 de junio de 2012

Anticipos a contratistas:

Cuando una empresa requiere hacer, por ejemplo, una obra de construcción, generalmente se da un anticipo a cuenta. Este adelanto constituye un derecho por cobrar, el cual será cobrado en el momento en que la obra sea recibida ya terminada.

Se ha querido comentar en esta introducción acerca de las cuentas por cobrar más comunes, diferentes a las cuentas por cobrar comerciales. De ellas nos volveremos a ocupar a medida que lleguemos a los temas relacionadas con las transacciones que las originan. Por ahora, seguimos tratando sólo las cuentas por cobrar comerciales.

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