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lunes, 29 de diciembre de 2008

CLASIFICACIONES.

Clases o tipos de responsabilidad internacional podemos encontrar tantas como puntos de referencia adoptemos para clasificarlas. Así veremos en el tratamiento doctrinal responsabilidades diferenciadas por el propio sujeto responsable; por el sujeto ante el cual se es responsable; por la fuente que la genera; o atendiendo al grado de importancia de la obligación violada, entre otras.
De estas clasificaciones mencionadas, sin lugar a dudas las de mayor importancia son aquellas que se refieren al sujeto responsable, a la fuente que la genera y a la importancia de la obligación violada, al punto de que prácticamente la totalidad de los autores que tratan esta temática hacen referencia a ellas, ya sea de una u otra forma. Y es que en estas puntuales clases de responsabilidades encontraremos volcadas tan modernas cuestiones como la de la ampliación del número de sujetos del Derecho Internacional Público o la de la polémica tendencia a la objetivización de la responsabilidad; asuntos estos que aun son de profundo debate doctrinal. Cabe señalar que solo en las últimas décadas se ha hablado de responsabilidad del Estado por actos "no prohibidos" y responsabilidad internacional de otros sujetos de Derecho Internacional y muy particularmente de las Organizaciones Internacionales.

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