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domingo, 16 de noviembre de 2014

DOCTRINA SOBRE GESTIÓN CORPORATIVA:

Los gobiernos regionales deben planear adecuadamente sus actividades, organizar los recursos disponibles, dirigir técnicamente la operatividad, coordinar y controlar las funciones y actividades; por tanto es necesario tomar en cuenta los distintos aspectos doctrinarios respecto a este importante aspecto empresarial.
Analizando a Terry (2000), el la gestión corporativa está siendo desafiado por fuerzas que se desarrollan por un ambiente cambiante. Factores importantes entre estas fuerzas son la generación de cantidades enormes de conocimientos, el desarrollo de una tecnología casi increíble, las grandes alteraciones en el ambiente general en el cual opera la gerencia y el diluvio de valores humanos cambiantes. Continúa Terry, diciendo que las etapas de la gestión corporativa son: planeación, organización, ejecución y control; las mismas que son los medios por las cuales se dirigen los gobiernos regionales.
La planeación, se aplica para aclarar, ampliar y determinar los objetivos y los cursos de acción que deban tomarse; para la previsión; establecer condiciones y suposiciones bajo las cuales debe hacerse el trabajo; seleccionar e indicar las áreas para el logro de los objetivos; establecer un plan de logros; establecer políticas, procedimientos, estándares y métodos de logros; anticipar los problemas futuros posibles; modificar los planes a la luz de los resultados del control
La organización, se aplica para distribuir el trabajo entre el grupo y para establecer y reconocer las relaciones y autoridad necesarias; subdividir el trabajo en tareas operativas; disponer las tareas operativas de grupo en puestos operativos; reunir las posiciones operativas entre unidades relacionadas y administrables; definir los requisitos del puesto de trabajo; seleccionar y colocar al elemento humano en puesto adecuado; delegar la debida autoridad en cada miembro de la gestión; proporcionar instalaciones y otros recursos al personal; revisar la organización a la luz de los resultados del control
La ejecución, se realiza con la participación práctica, activa y dinámica de todos los involucrados por la decisión o el acto gerencial; conduce y reta a otros para que hagan lo mejor que puedan; guía a los subordinados para que cumplan con las normas de funcionamiento; destacar la creatividad para descubrir nuevas o mejores formas de administrar y desempeñar el trabajo; alabar y reprimir con justicia; recompensar con reconocimiento y pago el trabajo bien hecho; revisar la ejecución a la luz de los resultados del control.
El control de las actividades, esta fase se aplica para comparar los resultados con los planes en general; evaluar los resultados contra las normas de planeación y ejecución empresarial; idear medios efectivos para medición de las operaciones; hacer que los elementos de medición sean conocidos; transferir datos detallados de forma que muestren comparaciones y variaciones; sugerir acciones correctivas, si son necesarias; informar de las interpretaciones a los miembros responsables; ajustar el plan a la luz de los resultados del control.

En la practica de la gestión corporativa, estas etapas del proceso están entrelazadas e interrelacionadas; la ejecución de una función no cesa enteramente antes de que se inicie la siguiente. La secuencia debe adaptarse al objetivo específico o al proyecto en particular. Típicamente un gerente está comprometido con muchos objetivos y puede encontrarse con cada uno en diferentes etapas del proceso.

sábado, 15 de noviembre de 2014

RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO REGIONAL:

De acuerdo con Vargas (2005), se consideran recursos de los Gobiernos Regionales los señalados en la Ley de Bases de la Descentralización:

  1. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad
  2. Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento, que se establezcan en la Ley Anual de Presupuesto.
  3. Los tributos creados por Ley a su favor
  4. Los derechos económicos que generen por las privatizaciones y concesiones que otorguen, y aquellos que perciban del gobierno nacional por el mismo concepto
  5. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional
  6. Los recursos asignados por concepto de canon
  7. El producto de sus operaciones financieras y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Las operaciones de crédito externo requieren el aval o garantía del Estado, y se sujetan a la ley de endeudamiento público
  8. Sus ingresos propios y otros que determine la ley

viernes, 14 de noviembre de 2014

RÉGIMEN LABORAL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES:

Los funcionarios y servidores a cargo de los Gobiernos Regionales se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley. El Régimen pensionario aplicable a los trabajadores será de acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Pensiones o del Sistema Privado de Pensiones.
FUNCIONES:
Según Vargas (2005)Las funciones de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la República. Dentro de las funciones generales que desarrolla tenemos:
a.     Función normativa y reguladora;
b.    Función de planeamiento;
c.     Función administrativa y ejecutora;
d.    Función de promoción de las inversiones
e.     Función de supervisión, evaluación y control
Los Gobiernos Regionales desarrollan funciones específicas en materia de:
a.     Educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación;
b.    Trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa;
c.     Salud;
d.    Población;
e.     Agraria;
f.     Pesquería;
g.    Ambiental y de ordenamiento territorial;
h.     Industria;
i.      Comercio;
j.      Transportes;
k.     Telecomunicaciones;
l.      Vivienda y saneamiento;
m.   Energía, minas e hidrocarburos;
n.     Desarrollo social e igualdad de oportunidades;
o.    Defensa Civil;
p.    Administración y Adjudicación de terrenos de propiedad del Estado;
q.    Turismo; y,

r.      Artesanía

jueves, 13 de noviembre de 2014

GESTIÓN CORPORATIVA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES.

La gestión corporativa se puede definir como el sistema mediante el cual los Gobiernos Regionales son dirigidos y controlados.
La gestión de los Gobiernos Regionales se lleva a cabo mediante planes de desarrollo y presupuestos.
MISIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL:
La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
LOS GOBIERNOS REGIONALES Y EL DESARROLLO REGIONAL:
El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica.
PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN CORPORATIVA REGIONAL:
Los Gobiernos Regionales, se sustentan en principios rectores de las políticas y la gestión regional, tales como: participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, concordancia de políticas, especialización de funciones, competitividad e integración.
COMPETENCIAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES:
Los Gobiernos Regionales tienen competencias constitucionales y competencias exclusivas y compartidas establecidas en la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización.
ESTRUCTURA ORGÁNICA:
Según Vargas (2005), la dirección del Gobierno Regional está a cargo de la Presidencia Regional y las funciones ejecutivas y administrativas corresponden al Gerente General Regional y los Gerentes Regionales, según lo establecido en la Ley Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Consejo Regional.
La administración regional se ejerce bajo un sistema gerencial y se sustenta en la planificación estratégica, organización, dirección, ejecución, evaluación y control, dentro del marco de las normas emitidas por los sistemas administrativos nacionales.
ORDENAMIENTO NORMATIVO REGIONAL:
Las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno.
Los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes:
a)     El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional.
La Presidencia Regional: Decretos Regionales y Resoluciones Regionales

miércoles, 12 de noviembre de 2014

GOBIERNOS REGIONALES.

Según Vargas (2005), la Ley No. 27867, es la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Esta norma establece la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organización democrática descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización
Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.

Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

martes, 11 de noviembre de 2014

GOBIERNOS REGIONALES

De acuerdo con Vargas (2005), el artículo 189° de la Constitución Política del Perú de 1993 se establece que "El territorio de la República se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada"
La Descentralización es la transferencia a diversas regiones de parte de la autoridad que antes ejercía el Gobierno General
La regionalización es la organización de un país con criterios descentralizadores.
La desconcentración, se da cuando una institución del Estado establece dependencias para el cumplimiento oportuno y efectivo de sus objetivos específicos, objetivos generales, misión y visión institucional
Según Vargas (2005), la Ley No. 27783 que aprueba la Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población
La descentralización se sustenta y rige por los siguientes principios generales: es permanente, es dinámica, es irreversible, es demócrata, es integral, es subsidiaria y es gradual. La descentralización cumplirá, a lo largo de su desarrollo, los siguientes objetivos políticos: i) Unidad y eficiencia del Estado, mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal; ii) Representación política y de intermediación hacia los órganos de gobierno nacional, regional y local, constituidos por elección democrática; iii) Participación y fiscalización de los ciudadanos en la gestión de los asuntos públicos de cada región y localidad; e, iv) Institucionalización de sólidos gobiernos regionales y locales. Los objetivos a nivel económico son los siguientes: i) Desarrollo económico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, en base a su vocación y especialización productiva; ii) Cobertura y abastecimiento de servicios sociales básicos en todo el territorio nacional; iii) Disposición de la infraestructura económica y social necesaria para promover la inversión en las diferentes circunscripciones del país; iv) Redistribución equitativa de los recursos del Estado; y v) Potenciación del financiamiento regional y local. Los Objetivos a nivel administrativo son los siguientes: i) Modernización y eficiencia de los procesos y sistemas de administración que aseguren la adecuada provisión de los servicios públicos; ii) Simplificación de trámites en las dependencias públicas nacionales, regionales y locales; y, iii) Asignación de competencias que evite la innecesaria duplicidad de funciones y recursos y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios. Los Objetivos a nivel social, son los siguientes: i) Educación y capacitación orientadas a forjar un capital humano, la competitividad nacional e internacional; ii) Participación ciudadana en todas sus formas de organización y control social; iii) Incorporar la participación de las comunidades campesinas y nativas, reconociendo la interculturalidad y superando toda clase de exclusión y discriminación; y, iv) Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza. Los objetivos a nivel ambiental son: i) Ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo; ii) Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; y, iii) Coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión ambiental.

La regionalización de acuerdo con la Ley de Bases de la Descentralización, es la división política del país en unidades territoriales geoeconómicas, con diversidad de recursos, naturales, sociales e institucionales, integradas histórica, económica, administrativa, ambiental y culturalmente, que comportan distintos niveles de desarrollo, especialización y competitividad productiva, sobre cuyas circunscripciones se constituyen y organizan gobiernos regionales.

lunes, 10 de noviembre de 2014

BASE LEGAL DE LA INVESTIGACIÓN

Constituyen normas aplicables al presente trabajo, entre otras, las siguientes:
MORMAS GENERALES:
  1. Constitución Política del Perú;
  2. Código Civil
  3. Código Penal
  4. Ley de Procedimientos Administrativos.
  5. Ley No. 27245 – Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. Ley No. 27958 modificatoria de la Ley No. 27245.
  6. Ley No. 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  7. Ley No. 28194 – Ley de lucha contra la evasión y para la formalización de la economía.
  8. D.S. No. 083-2004-PCM – TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
  9. Ley No. 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
  10. Ley No. 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
  11. Ley No. 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006.
  12. No. 28653 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006.
  13. Ley No. 28654 – Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2006.
  14. Ley No. 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
  15. Ley No. 27312 – Ley de Gestión de la Cuenta General de la República.
NORMAS SOBRE GOBIERNOS REGIONALES:

  1. Ley No. 27783 – Ley de Bases de la Descentralización
  2. Ley No. 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
  3. Ley No. 28273 – Ley de Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales.
  4. D. Leg. No. 955 – Ley de Descentralización Fiscal.