Según Vargas (2005), la
Ley No. 27867, es la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Esta norma
establece la estructura, organización, competencias y funciones de los
gobiernos regionales. Define la organización democrática descentralizada y
desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización
Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia,
constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego
Presupuestal.
Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el
desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el
empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de
oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas
nacionales, regionales y locales de desarrollo.
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