Será
considerado como efectivo en bancos los siguientes:
· Cuentas
bancarias de depósitos a la vista o corrientes en bancos nacionales.
· Cuentas en
moneda extranjera depositada en bancos del exterior, siempre que en esos países
no existan disposiciones que restrinjan su disponibilidad o controles de cambio
que impidan su libre convertibilidad. De ser considerada esta partida
como efectivo, deberá ser previamente traducida a moneda nacional, al tipo de cambio
que para ese momento exista.
· Cheques
emitidos por la propia empresa contra la cuenta corriente de algún banco pero
que, para una determinada fecha, aún no han sido entregados a sus
beneficiarios. Es obvio que, en este caso, a pesar de que el cheque haya
sido emitido y deducido del saldo del banco en los libros, podemos en cualquier
momento, disponer de ese dinero para otros fines, mientras se mantengan en
poder de la empresa los cheques que habían sido emitidos. En todo caso, lo más
que podría suceder sería la aparición de un sobregiro bancario en libros de lo
cual hablaremos más adelante.
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